El Observatorio sobre la Violencia y Convivencia en la Escuela y el Congresista de la República Yonhy Lescano Ansieta, agradecen a los y las periodistas que nos acompañan y expresan, brevemente, las razones de esta reunión en la que participan directores de instituciones educativas, promotores educativos, docentes, psicólogos, padres de familia y estudiantes:
- En el mes de Junio del año 2011 se promulgó la Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, entre cuyos mandatos legales se destacaban (1) la instalación del Comité de Convivencia para que actuara como instancia de prevención del bullying y otras formas de violencia en la escuela y (2) la disposición de que todas las instituciones educativas deberían contar con, por lo menos, un psicólogo.
- En el mes de Junio del año 2012 se aprobó la Resolución Nº010-12-EDU, Reglamento de la Ley 29719, en donde se estipulaba las responsabilidades de los agentes educativos en la institucionalización del Comité de Convivencia Democrática, que debería estar integrada por los docentes, estudiantes y padres de familia.
- Estamos próximos a que se cumpla el cuarto año de la promulgación de la Ley 29719 y el tercer año de la aprobación del Reglamento de la Ley, empero durante ese periodo de tiempo el MINEDU ha incumplido en todas sus partes los mandatos que emanan de las normas legales.
- La Convivencia Democrática en la escuela, como estrategia preventiva, debe educar a todos los agentes educativos en competencias socioemocionales, respeto a la diversidad y a los derechos de las personas, valores, resolución pacífica de conflictos, autoestima y habilidades sociales; lo que contribuiría a mejorar el clima de las instituciones educativas y optimizar las condiciones para un mejor aprendizaje. Este mandato legal no se viene cumpliendo.
- La presencia de psicólogos en las instituciones educativos es importante para el diseño de las medidas preventivas en las escuelas. El MINEDU no ha tenido ninguna respuesta para satisfacer este mandato; y en recientes insuficientes convocatorias lo hace por contratos de 3 meses, hasta un máximo de 12 meses. Se puede advertir que es ridículo pensar que el grave problema de la violencia institucionalizada en las escuelas pueda ser atendido en 3 o 12 meses.
- Mientras tanto el bullying, el ciberbullying, el sexting y el grooming constituyen una letal amenaza a la salud y el bienestar de los estudiantes, que suman más de siete millones en todo el país. También los docentes y padres de familia resultan afectados por la presencia de estas relaciones de violencia en la escuela.
- Por estas razones, ante la inacción del MINEDU, estamos llamando a una recolección de firmas, a nivel nacional, reclamando el respeto y cumplimiento de la Ley 29719 y su Reglamento.
Lima, 13 de Abril del 2015